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El derecho a la vivienda digna

Actualizado 2010-02-09 10:00:54

Se considera digna aquella vivienda que cumple con unas condiciones mínimas acordes con el grado de adelantos de la humanidad y de la sociedad que permitan comodidad, seguridad, durabilidad, satisfacción de las necesidades esenciales y una mejor calidad de vida en general.

Con la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 y con la Convención Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), en 1966, la vivienda entró a ser considerada un bien vital para el desarrollo de las personas y, además, le impuso nuevas responsabilidades a los Estados. Leer más...

La Constitución colombiana establece que la vivienda es un derecho prestacional, es decir que, aunque el Estado debe desarrollar los mecanismos para garantizar su protección, su cumplimiento depende de la disponibilidad de recursos para tal fin.

Los recursos otorgados por el Instituto de Desarrollo de Arauca IDEAR a través de créditos en la línea de vivienda, estarán dirigidos a financiar lotes de terreno, materiales de construcción y mano de obra; facilitando el mejoramiento y la construcción de vivienda en sitio propio, favoreciendo a los estratos 1, 2, y 3 de la población del departamento de Arauca (Programas de vivienda enmarcados dentro del Plan de Desarrollo Departamental) , mejorando así la calidad de vida de sus habitantes.

Eva Caropresse - Linea Empresarial